“ASALTO O DESTRUCCIÓN DE ÁNFORAS”: 5 AÑOS DE PRISIÓN EFECTIVA

Política

Juan Carlos Ortiz, subdirector de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (Felcc), declaró que la orden de aprehensión de Marco Antonio Pumari, fue emitida por el Ministerio Público y responde a los siguientes delitos: la quema de las oficinas del Tribunal Electoral Departamental (TED), la destrucción de un vehículo policial, y la egresión física a un uniformado.

Según el artículo 238 de la ley 026 Ley del Régimen Electoral, constituyen delitos electorales los siguientes actos:

“Obstaculización de procesos electorales. La persona que promueva desórdenes o por cualquier medio obstaculice, obstruya o impida la realización o desarrollo de procesos electorales (…) será sancionada con pena privativa de libertad de dos (2) a cinco (5) años”.

“Asalto o Destrucción de ánforas. La persona que asalte y/o destruya ánforas de sufragio, será́ sancionada con pena privativa de libertad de uno (1) a tres (3) años”.

Varios meses antes de la realización de las elecciones de octubre de 2019, Pumari y Comcipo, convocaron a un paro cívico, llamando al desconocimiento de las elecciones en el caso de ganar el candidato Evo Morales.

El 21 de octubre de 2019 (al día siguiente de la realización de las elecciones), seguidores del comité cívico incendiaron las instalaciones del Tribunal Electoral Departamental (TED), secuestraron y torturaron a familiares de autoridades del órgano Legislativo y del Ejecutivo, e incendiaron varias viviendas.

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